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Publicado por NUBECONT en Noticias tributarias • 03 septiembre 2026 09:22 AM
Por: Mg. Angel Villar Aranda
Análisis de la Resolución del Tribunal Fiscal N.° 05846-5-2026
En materia tributaria, una factura puede parecer un documento sencillo, pero detrás de ella pueden existir importantes consecuencias fiscales. ¿Qué ocurre cuando una misma factura contiene un bien sujeto al sistema de detracciones y otro que no lo está? ¿Debe efectuarse la detracción sobre todo el comprobante?
El Tribunal Fiscal, mediante la RTF N.° 05846-5-2026, emitida el 12 de junio de 2026, ofrece una respuesta particularmente relevante: la existencia de una sola factura no significa, por sí misma, que todos los conceptos incluidos en ella queden sujetos al SPOT.
El Tribunal Fiscal señaló que no existe una disposición legal que establezca que, por el solo hecho de incluir en una misma factura operaciones sujetas y no sujetas al SPOT, la detracción deba efectuarse sobre el importe total del comprobante.
La recomendación es emitir facturas separadamente para bienes afectas y no afectas al SPOT, de ese modo se evita tener una contingencia y/o procesos que pueden ser más costosas que el beneficio obtenido.
Fuente:
https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2026/5/2026_5_05846.pdf