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Plan Contable General Empresarial: Métodos para el cierre de las cuentas contables al final del ejercicio

Publicado por NUBECONT en Noticias tributarias • 25 agosto 2023 04:53 PM

El cierre contable es el proceso consistente en cancelar los saldos de las las cuentas de resultados y llevar su resultado a las cuentas de balance respectivas. Al analizar un periodo contable, se debe proceder a cerrar las cuentas para determinar el resultado económico del ejercicio o del período que puede ser utilidad o pérdida. En la actualidad tenemos dos opciones para realizar el asiento de cierre:

1. Alternativa A

El proceso de cierre para determinar el resultado del ejercicio se lleva a cabo utilizando las cuentas de la clase 8 es decir la cuenta 80 Margen Comercial, 81 Producción del Ejercicio, 82 Valor Agregado, 83 Excedente (o insuficiencia) Bruto de Explotación, 84 Resultado de Explotación, 85 Resultado antes del impuesto a las ganancias, de acuerdo a lo establecido en la Resolución CONASEV N° 252-85-EF/94.10.

Esta alternativa tiene 4 pasos principales:

1.- Se deben cerrar las cuentas del elemento 9 invirtiendo sus saldos con la cuenta 79

2.- Cerrar la cuenta 69 costo de ventas, invirtiendo su saldo con la cuenta 61 y/o 71

3.- Para cerrar las cuentas de ingresos y gastos, se debe seguir paso a paso la dinámica contable de la clase 8 que a continuación se muestran:

80 Margen comercial

  • 801 Margen comercial

81 Producción del ejercicio

  • 811 Producción de bienes
  • 812 Producción de servicios
  • 813 Producción de activo inmovilizado

82 Valor agregado

  • 821 Valor agregado

83 Excedente Bruto (Insuficiencia Bruta) de explotación

  • 831 Excedente Bruto (Insuficiencia Bruta) de explotación

84 Resultado de explotación

  • 841 Resultado de explotación

85 Resultado antes de impuesto a las ganancias

  • 851 Resultado antes de impuesto a las ganancias

88 Impuesto a las ganancias

  • 881 Impuesto a las ganancias-Corriente
  • 882 Impuesto a las ganancias-Diferido

89 Determinación del resultado del período

  • 891 Utilidad
  • 892 Pérdida

4.- Una vez cerrada las cuentas de ingresos y gastos, y trasladados los saldos, se deben cerrar las cuentas del pasivo, patrimonio y activo invirtiendo sus saldos, es decir aquellas cuentas que muestran saldos en el debe, se deberá colocar al haber y las cuentas que muestran sus saldos en el haber, se deberá colocar al debe.

2. Alternativa B

Las empresas consideradas económicamente pequeñas pueden determinar el resultado del ejercicio, saldando las cuentas de la clase 6 y clase 7 directamente a través de la cuenta 89 Resultado del Ejercicio, y transferir luego el saldo cuando corresponda a la cuenta 88 Impuesto a la renta, para finalmente ser transferido a la cuenta 59 ResultadosAcumulados, de acuerdo a lo establecido en la Resolución CONASEV N° 285-86-EF/94.10.

Esta alternativa tiene 4 pasos principales:

1.- Se deben cerrar las cuentas del elemento 9 invirtiendo sus saldos con la cuenta 79

2.- Cerrar las cuentas de ingresos y gastos, de acuerdo a lo siguiente:

3.- Cerrar las cuentas 88 y 89

4.- Cerrar las cuentas del pasivo, patrimonio y activo invirtiendo sus saldos.

Nota importante: Tener en cuenta, que el cierre se realiza a nivel de cuentas analíticas.

 

Magister CPC Angel Villar Aranda


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