La nueva era del Sistema Previsional Peruano

Publicado por NUBECONT en Noticias tributarias • 09 septiembre 2025 05:42 PM

El 5 de septiembre de 2025 – El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N.º 189-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 32123 – Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, marcando un paso fundamental en la reforma del sistema previsional del país. La norma fue refrendada por la Presidenta de la República, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.
 

¿Qué establece este decreto?

El Reglamento tiene por objeto precisar cómo se aplicará la Ley N.º 32123, que crea el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), un sistema único, universal, inclusivo e integrado, con administración pública y privada. Está estructurado en un Título Preliminar, siete títulos principales, 118 artículos, 14 disposiciones complementarias finales, 9 transitorias y 6 modificatorias.
 

Propósitos claves del Reglamento
  1. Afiliación obligatoria desde los 18 años.
  2. Acceso progresivo a prestaciones previsionales.
  3. Promoción de nuevos operadores de fondos con criterios de eficiencia y competencia.
  4. Flexibilidad para trasladarse libremente entre SNP y SPP.
  5. Fomento del ahorro voluntario con incentivos estatales.
  6. Garantizar la sostenibilidad del sistema.
  7. Inclusión de trabajadores independientes:

a. Por los años 2028 y 2029: 2%

b. Por los años 2030 y 2031: 3%

c. Por los años 2032 y 2033: 4%

d. A partir del año 2034: 5%

 

8. Interoperabilidad entre entidades del sector previsional.

9. Nueva Comisión por Productividad, además de la comisión por Saldo

La comisión por productividad se encuentra conformada por dos componentes: una comisión fija, cuya referencia de cálculo es definida por la SBS considerando prácticas internacionales, y una comisión que corresponde a la rentabilidad generada en el año por los aportes, asociado a la rentabilidad superior sobre la referencia de un portafolio benchmark exógeno. En caso se realice una licitación, esta debe efectuarse sobre ambos componentes de la comisión por productividad.

10. Opción de migración de la comisión por remuneración a la comisión por saldoproductividad (una vez migrado, en ningún caso, pueden retornar a una comisión sobre la remuneración).

 

Etapas clave de implementación
  • Aporte por consumo: Inicia a partir del 1 de enero de 2027.
  • Proceso de elección y afiliación: No debe exceder el 31 de mayo de 2027.
  • Inicio de traslados entre sistemas: Se implementará dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor del Reglamento.

Plataforma PAST: Innovación operativa

El Reglamento crea la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), administrada por la ONP y la SBS, con validación de datos por RENIEC y Migraciones. Esta plataforma permitirá a los ciudadanos elegir entre el SNP o el SPP de manera centralizada, segura y transparente

 

Mg. CPC Angel Villar Aranda


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