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Publicado por NUBECONT en Noticias tributarias • 10 septiembre 2026 12:44 PM
Se acercan los vencimientos de la Declaración del Beneficiario Final 2026. Revisa si tu empresa está obligada y qué información debes tener lista para presentar el Formulario Virtual N.° 3800.
La Declaración del Beneficiario Final permite a SUNAT identificar a las personas naturales que poseen o controlan efectivamente una persona jurídica o ente jurídico.
En 2026 continúan los vencimientos establecidos por la Resolución de Superintendencia N.° 000168-2025/SUNAT.
Para las personas jurídicas domiciliadas, los vencimientos establecidos según los ingresos netos del ejercicio 2024 son:
Ingresos netos 2024 | Periodo de presentación |
|---|---|
Más de 25 UIT hasta 50 UIT | Julio 2026 |
Más de 10 UIT hasta 25 UIT | Setiembre 2026 |
Hasta 10 UIT | Noviembre 2026 |
También corresponde presentar la declaración en noviembre de 2026 para determinados sujetos que no se encuentran comprendidos en estos tramos, así como para ciertos casos de inscripción o activación del RUC y determinados entes jurídicos.
Importante: el vencimiento exacto corresponde según el cronograma de obligaciones tributarias del periodo respectivo y el último dígito del RUC.
Antes de presentar el Formulario Virtual N.° 3800, verifica:
Para determinar al beneficiario final se aplican criterios sucesivos de propiedad, control y, de corresponder, puesto administrativo superior.
No. La declaración del Beneficiario Final se presenta por única vez. Sin embargo, si cambia la información declarada, por ejemplo, por modificaciones en la propiedad o control, corresponde actualizarla dentro del plazo establecido por SUNAT.
La Declaración del Beneficiario Final se presenta mediante el Formulario Virtual N.° 3800, a través de SUNAT Operaciones en Línea.