¡Recursos Humanos Sin Complicaciones! 👩‍💻 Aprovecha el 50% de dscto. en los planes de AmaQuella. Generar boletas de pago nunca fue tan fácil. Cotiza AQUÍ

Depósito de la CTS noviembre 2023, ¿cuánto y hasta cuándo tengo plazo para su retiro?

Publicado por NUBECONT en Derecho laboral • 10 noviembre 2023 04:39 PM

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que tienen los trabajadores en Perú, la cual es depositada dos veces al año, en dos fechas específicas: la primera entrega se realizó durante los primeros 15 días del mes de mayo y la segunda entrega se efectúa dentro de los primeros 15 días del mes de noviembre. Es decir que estamos a tan solo unos días de la fecha límite para el último depósito de la CTS.

¿Hasta qué fecha se puede retirar la CTS? 

De acuerdo con la Ley N° 31480 los trabajadores tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para retirar total o parcialmente el monto acumulado de su CTS. Después de esta fecha, se establecerá un límite que permitirá a los empleados retirar únicamente el excedente de cuatro sueldos, siempre y cuando mantengan su vínculo laboral.

¿Cuánto recibiré de CTS?

El monto de la CTS puede fluctuar según la naturaleza de la compañía y la duración del servicio del trabajador. Ésta se determina considerando tanto el salario como la gratificación.

En el caso de empresas medianas y grandes, aquellos que trabajaron el semestre completo (de mayo a octubre) tienen derecho a recibir el 50% de su salario más una sexta parte de la bonificación de julio. Si el empleado no trabajó el semestre completo, podrá recibir una sexta parte de su salario por cada mes trabajado, incluyendo una sexta parte de la bonificación de julio.

En las pequeñas empresas, si no están registradas en el Remype, todos los empleados tienen derecho a la CTS según las reglas generales aplicables a empresas medianas y grandes. Si están registradas en el Remype, los empleados contratados antes del registro tienen derecho a la CTS según el régimen general, mientras que los contratados después del registro recibirán la CTS calculada a razón de 15 remuneraciones diarias por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 90 remuneraciones diarias.

¿Quiénes no podrán recibir este beneficio?
  • Las personas que trabajan a medio tiempo y tienen una jornada laboral de menos de cuatro horas al día.
  • Los empleados de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype.
  • Aquellos que reciben el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios.
  • Trabajadores del sector público sujetos a regímenes especiales.

Cargando imagen...

Cargando imagen...

Previsualización

Cargando pdf...
Descargar PDF